
Como el mandato contraceptivo, la definición del matrimonio afectan la libertad religiosa
Preguntas y respuestas sobre la libertad religiosa
Monday, July 1, 2013
*US Conference of Catholic Bishops
Este �blog� es el segundo de dos tomados de materiales educacionales preparados por la Conferencia de Obispos de los Estados Unidos (USCCB). Este es el segundo a�o que los obispos han pedido que los cat�licos estadounidenses observen la �Quincena por la Libertad� comenzando el 21 de junio y concluyendo el 4 de julio. En la cajita encontrar�n los eventos de la Quincena que tendr�n lugar en diferentes parroquias de la arquidi�cesis.
�Por qu� el mandato de financiar la esterilizaci�n, los anticonceptivos e incluso las drogas abortivas viola la libertad religiosa?
En resumen, es la coacci�n del gobierno contra la conciencia, la intromisi�n del gobierno en las instituciones eclesiales. Como testific� ante el Congreso el Arzobispo de Baltimore, William Lori, Presidente del Comit� Ad Hoc de Libertad Religiosa de la USCCB: �Esto no es un asunto de que si el gobierno deba prohibir la anticoncepci�n. No es siquiera un asunto de que si la anticoncepci�n deba ser apoyada por el gobierno. Se trata de que si las personas e instituciones religiosas deben ser forzadas por el gobierno a proveer cobertura de anticonceptivos o esterilizaci�n, aun cuando estas pr�cticas violen sus creencias religiosas�. (Testimonio oral ante el Comit� Judicial de la C�mara de Representantes de Estados Unidos, 28 de febrero de 2012)
Las iglesias de Little Flower en Coral Gables, St. Gregory en Plantation y St. Patrick Church en Miami Beach comenzaron la Quincena por la Libertad con misas y adoraci�n el 21 y 22 de junio. Los eventos que se observar�n durante los pr�ximos d�as son:
- Little Flower, 2711 Indian Mound Trail, Coral Gables: Vigilia nocturna el mi�rcoles, 3 de julio a las 7:30 p.m. Para m�s informaci�n llamar a Jena Getchell, 786-484-3367.
- St. Gregory, 200 N. University Drive, Plantation: Ceremonia nocturna en defensa de la libertad religiosa el mi�rcoles, 3 de julio at las 8 p.m. Para m�s informaci�n llamar a Mary Sturm, 954-851-3345.
�De qu� manera las cuestiones de la libertad religiosa han afectado a otras comunidades religiosas?
- Discriminaci�n en contra de congregaciones eclesiales peque�as: En 1994 el Departamento de Educaci�n (DOE, sigla en ingl�s) de la ciudad de Nueva York neg� el pedido del Bronx Household of Faith y otras sesenta iglesias de alquilar espacios de escuelas p�blicas los fines de semana para el culto religioso, aunque grupos no religiosos pueden hacerlo para gran variedad de otros usos. La ciudad ha estado investigando lo que las iglesias hacen en las escuelas p�blicas y ha llegado a sus propias conclusiones respecto de si las reuniones constitu�an una �reuni�n para el culto� o no. En junio de 2012 una corte federal pronunci� un mandamiento judicial permanente, dictaminando que la pol�tica de la ciudad violaba la Cl�usula del libre ejercicio y la Cl�usula de establecimiento de la Constituci�n de EE. UU. Aunque la discriminaci�n del DOE no afectar�a a las parroquias cat�licas, que generalmente cuentan con edificios propios, ser�a devastadora para muchas congregaciones m�s peque�as. Esto es un simple caso de discriminaci�n contra los creyentes religiosos.
- Estudiantes cristianos en recintos universitarios: Por primera vez en m�s de cien a�os de historia, la Facultad de Derecho Hastings en la Universidad de California, le ha negado categor�a de organizaci�n estudiantil a un solo grupo: a la Christian Legal Society, porque esta organizaci�n requer�a que sus dirigentes fueran cristianos y se abstuvieran de tener relaciones sexuales fuera del matrimonio.
- Discurso religioso en la plaza p�blica: En Minneapolis, el Departamento de Parques y Recreaci�n de la ciudad traslad� a un grupo de cristianos que entregaban Biblias durante el Festival de Orgullo Gay de Twin Cities a un �rea �alejada del orgullo�, una parte poco transitada del parque donde se realizaba el festival. En Phoenix, Arizona, a un residente le dijeron que, para compartir informalmente su fe cristiana en el Community College de South Mountain, deber�a pagar, contratar un seguro especial y avisarle al instituto con dos semanas de anticipaci�n. En Cheyenne, los miembros del Wyoming State Building Commission han acatado una orden judicial de una corte federal admitiendo que violaron inconstitucionalmente los derechos de expresi�n de WyWatch Family Action al primero aprobar y luego quitar los letreros del grupo pro vida de una galer�a en el capitolio del Estado. Sin embargo, los funcionarios luego buscaron otras maneras de silenciar el discurso pro vida, incluso prohibieron a todos los grupos externos que participaran en la galer�a.
- El culto religioso en el hogar: Un sacerdote de santer�a en Texas no pudo celebrar ciertos rituales religiosos en su propio hogar por discriminaci�n. En un importante fallo bajo la Ley de Restauraci�n de Libertad Religiosa de Texas, un panel del Tribunal de Apelaciones del Quinto Circuito de Estados Unidos vot� de manera un�nime en favor del oficiante de santer�a. El tribunal sostuvo que las ordenanzas municipales que prohib�an sacrificar ciertos animales, imped�an que el oficiante de santer�a realizara ceremonias esenciales para su fe, lo que le imped�a cumplir con su deber religioso.
- La excepci�n ministerial: El Departamento de Justicia (DOJ, sigla en ingl�s) de Estados Unidos intent� debilitar la libertad religiosa en el caso Hosanna Tabor contra EEOC, atacando la �excepci�n ministerial�. Esta excepci�n les da a las organizaciones religiosas el derecho de elegir sus propios ministros sin intervenci�n del gobierno. El DOJ podr�a haber tomado la posici�n de que la excepci�n ministerial, aunque suele ofrecer una buena protecci�n del derecho de los grupos religiosos a elegir sus ministros sin intervenci�n del gobierno, no se aplicaba ante la corte. En vez de eso, el DOJ atac� innecesariamente la existencia de la excepci�n, a lo cual se opuso una amplia coalici�n de grupos religiosos que reclamaron su preservaci�n mediante sus expedientes amicus curiae. Afortunadamente, la Corte Suprema, lleg� a una decisi�n 9 a 0 a favor de los grupos religiosos: reafirm� la excepci�n ministerial y rechaz� la posici�n del DOJ tild�ndola de �extrema�, �sorprendente� y �sin m�rito�
El �acuerdo� con el Gobierno es que la Iglesia no tiene que pagar dichos servicios. �Por qu� esto no satisface a la Iglesia?
El argumento principal del Gobierno es que los servicios anticonceptivos son �gratuitos� porque ahorran dinero que los afiliados deber�an pagar por los nacimientos, eso simplemente significa que las primas de las organizaciones religiosas ser�n para los anticonceptivos y la esterilizaci�n, y no para los nacimientos. La �acomodaci�n� que se les propuso a las organizaciones religiosas en lo relativo al mandato, aunque no est� en su forma final, ofrece que las aseguradoras o terceros impongan la cobertura inaceptable, pero esto solo priva al empleador de la habilidad de ofrecer a sus empleados una cobertura que sea conforme a sus valores y pasa por alto los derechos de conciencia de las aseguradoras y de los empleados. M�s all� de c�mo se resuelva la financiaci�n, la simple oferta de cobertura m�dica por parte de un empleador religioso ser� el �disparador� para garantizar que todos sus empleados reciban servicios moralmente inaceptables en su plan de salud.
�Es esto un esfuerzo para negarles a las mujeres el acceso a servicios reproductivos fundamentales?
El acceso a los anticonceptivos ya es masivo. La gran mayor�a de los planes de salud que ofrecen los empleadores incluyen los anticonceptivos, e incluso sin cobertura, las pastillas anticonceptivas se pueden obtener a un bajo costo. La pregunta relevante es si las organizaciones religiosas deber�an ser obligadas a facilitar la oferta de servicios que violan directamente su doctrina, la Primera Enmienda y las leyes federales que respetan la libertad religiosa.
Muchas j�venes dicen que no pueden pagar las p�ldoras anticonceptivas y dem�s servicios m�dicos. �La posici�n de la Iglesia discrimina a las mujeres pobres?
En absoluto. No se trata de cobertura m�dica para los desempleados ni para quienes dependen de la cobertura del gobierno (por ejemplo, mediante Medicaid). Se trata de la gente que trabaja para la Iglesia Cat�lica y sus diversos ministerios, que suelen ser generosos en los beneficios m�dicos que les ofrecen a sus empleados. Quienes eligen trabajar para la Iglesia Cat�lica, y nadie est� obligado a hacerlo, saben que est�n trabajando para una comunidad con sus propios valores y principios rectores, y muchos trabajan para la Iglesia justamente por ese motivo. Es il�gico esperar que la Iglesia viole sus propias ense�anzas facilitando y financiando la esterilizaci�n, las drogas abortivas y los anticonceptivos. Como testific� el Arzobispo Lori ante el Congreso, se parece a entrar en una tienda de alimentos kosher y exigir que le preparen un emparedado de jam�n.
La gran mayor�a de los cat�licos controla la natalidad de manera artificial. Alguna gente dice que la Iglesia no est� en sinton�a con las realidades de la familia actual, �es esto as�?
De nuevo, la cuesti�n no es si los individuos controlan la natalidad de manera artificial. Nuestras ense�anzas pueden no ser populares pero eso no significa que el Estado pueda obligarnos a violar nuestra doctrina en nuestras propias instituciones.
Algunos dicen que el tema est� relacionado con la justicia y la igualdad entre el hombre y la mujer. Muchos de estos seguros cubren viagra para los hombres pero no la protecci�n para las mujeres. �No es eso hip�crita?
La viagra no es un anticonceptivo masculino, por lo que esa no es una comparaci�n v�lida. De hecho, la HHS no estipula el mandato de cubrir los anticonceptivos masculinos ni la vasectom�a. El tema clave es si el Estado tiene derecho a forzar la Iglesia a violar sus creencias m�s arraigadas.
�No est�n exagerando con este tema de la �libertad religiosa�?
La libertad religiosa es una piedra angular de nuestra democracia. El mandato de la HHS altera de manera directa el fr�gil equilibrio que crearon entre el gobierno y los grupos religiosos quienes redactaron nuestra Constituci�n. La misma Primera Enmienda que protege la libertad religiosa, protege la libertad de prensa. No permitir�amos que el Estado les dijera a los peri�dicos o programas de noticias qu� escribir o a qui�n entrevistar.
El mandato de la HHS se ha convertido en un importante tema pol�tico. �Oponerse al mandato pone a la Iglesia del lado de los republicanos?
Esta cuesti�n afecta a ambos partidos y a todos los estadounidenses. La legislaci�n para corregir este problema ha recibido apoyo de ambos partidos en ambas C�maras del Congreso. Les pedimos a todos los ciudadanos �dem�cratas, republicanos, independientes, gente de fe y gente sin fe� que les den a conocer su opini�n a los representantes electos de su estado y que defiendan la libertad religiosa y la Primera Enmienda.
Preocupaci�n actual: el �matrimonio� de personas del mismo sexo
�C�mo est�n conectados el matrimonio y la libertad religiosa?
El matrimonio (la uni�n de un hombre y una mujer como marido y mujer) y la libertad religiosa son dos bienes diferentes que, a la vez, tienen relaci�n entre ellos. La protecci�n de cada uno de estos bienes se deriva de la obligaci�n de proteger la dignidad inviolable de la persona humana. Pero, de manera m�s directa a�n, la protecci�n legal del matrimonio como la uni�n de un hombre y una mujer protege tambi�n la libertad religiosa de aquellos quienes se adhieren a esa visi�n del matrimonio.
�Qu� efecto tendr�a en la libertad religiosa el cambio de la definici�n legal del matrimonio?
El cambio del t�rmino legal �matrimonio� no es s�lo un cambio en la ley sino que significar�a miles de cambios a la vez. El t�rmino �matrimonio� puede encontrarse en el derecho de familia, en las leyes laborales, en fideicomisos y patrimonios, en la ley para el cuidado de la salud, en el derecho tributario, en la ley de la propiedad inmobiliaria y muchas otras. Estas leyes afectan y regulan profundamente a las instituciones religiosas tales como iglesias, escuelas afiliadas a iglesias, hospitales y familias. Cuando la Iglesia y el Estado est�n de acuerdo con el significado del t�rmino legal �matrimonio� (la uni�n de un hombre y una mujer), hay armon�a entre la ley y las instituciones religiosas. Cuando la Iglesia y el Estado est�n en desacuerdo en lo que significa el termino legal �matrimonio� (por ejemplo, si el Estado redefine el matrimonio con el fin de reconocer a los supuestos �matrimonios� de personas del mismo sexo), el resultado es un conflicto a gran escala entre la ley y las instituciones religiosas y las familias ya que el Estado aplicar�a varias sanciones en contra de la Iglesia por su negativa a acatar la definici�n del Estado. Por tanto, la libertad religiosa estar�a amenazada.
Pero, �se podr�a forzar realmente a los ministros a oficiar en el �matrimonio� de dos personas del mismo sexo?
Esta pregunta s�lo distrae nuestra atenci�n. En otras palabras, es una caricatura falsa de las verdaderas preocupaciones sobre la libertad religiosa y, en verdad, se est� utilizando para distraer de las preocupaciones reales. Es de lo m�s improbable que el Estado vaya a forzar a los ministros y a las iglesias a oficiar ceremonias de �matrimonio� de personas del mismo sexo, aunque es f�cilmente previsible que muchos ministros y comunidades de la iglesia pudiesen ser demandados ante un tribunal en relaci�n a este asunto. Sin embargo, existen otras preocupaciones que son m�s probables y m�s generalizadas.�
�Cu�l es la verdadera amenaza a la libertad religiosa que presenta el �matrimonio� de personas del mismo sexo?
La redefinici�n legal del matrimonio puede poner en peligro la libertad religiosa de las instituciones religiosas y de individuos, potencialmente, en much�simas maneras que pudiesen involucrar varias formas de sanciones gubernamentales que van desde una orden del tribunal obligando obrar contra la conciencia, al pago de indemnizaciones y otras sanciones econ�micas, a la marginaci�n en la vida p�blica:
- Asociaci�n forzada: el gobierno obliga a las instituciones religiosas a retener como l�deres, empleados o miembros, a aquellos que obtienen la legalizaci�n de su �matrimonio� con personas del mismo sexo; u obliga a las empresas que ofrecen servicios relacionados al matrimonio a proveer servicios a �parejas� del mismo sexo.
- Dispositivo obligatorio de beneficios especiales: el gobierno obliga a las instituciones religiosas que todo beneficio especial que �stas provean a los matrimonios verdaderos, se los extiendan tambi�n a los �matrimonios� de personas del mismo sexo.
- Castigo por expresarse: la pr�dica, la acci�n pol�tica, o la conversaci�n que exhiba una oposici�n moral al �matrimonio� de personas del mismo sexo, representa un �hostigamiento� o �discriminaci�n� procesable, o una prohibida �incitaci�n al odio�.
- Exclusi�n de la acreditaci�n o licencia: aquellos que se adhieren a la definici�n del matrimonio quedan excluidos de participar en profesiones muy reglamentadas y en funciones cuasi-gubernamentales ya que se les suspende las licencias y las instituciones religiosas pierden su reconocimiento oficial.
- Exclusi�n de los fondos del gobierno, acuerdos religiosos y otros beneficios: aquellos que se adhieren a la definici�n del matrimonio quedan excluidos de recibir subvenciones y contratos del gobierno para proporcionar servicios sociales seculares y de la exenci�n de varios impuestos.
S�. Algunos ejemplos incluyen, pero no se limitan, a los siguientes: la extensi�n de la vivienda para estudiantes casados a parejas �casadas� con personas del mismo sexo (una universidad cat�lica en MA); la extensi�n de los beneficios laborales para el c�nyuge a �parejas de hecho� del mismo sexo (Catholic Charities en Portland, ME); la p�rdida de financiamiento y de licencias para facilitar las adopciones por haber rehusado la adopci�n a parejas del mismo sexo (Catholic Charities en Massachusetts y en DC); la imposici�n de sanciones tributarias por predicar sobre las enmiendas del matrimonio (Montana); y la p�rdida del estatus de exenci�n del impuesto estatal a un campamento con afiliaci�n religiosa (New Jersey). Estas amenazas ya se han manifestado tambi�n en otros pa�ses y, con frecuencia, a un grado m�s persistente e invasor.
�Acaso una exenci�n religiosa no protege a las instituciones y a los individuos si estos creen que el matrimonio s�lo puede ser entre un hombre y una mujer?
A veces. Una exenci�n religiosa puede proporcionar algunas protecciones pero, hasta ahora, esas protecciones tienen un escaso margen y no cubren riesgos conocidos. En t�rminos m�s generales, ya que el �matrimonio� tiene tanto que ver con la ley, es dif�cil prever todas las circunstancias en donde puedan surgir conflictos sobre la libertad religiosa. Pero m�s a�n, ninguna exenci�n religiosa�no importa como haya sido escrita�puede justificar una posici�n de apoyo o neutral acerca de la redefinici�n del matrimonio (ver CDF 1992, no. 16). Tal �redefinici�n� es, b�sicamente, siempre injusta y, de hecho, las exenciones religiosas pudiesen facilitar la aprobaci�n de esas leyes injustas. Al proteger al matrimonio se protege la libertad religiosa; los dos son inseparables.
�Qu� puede hacer para asegurar la protecci�n de la libertad religiosa en el pa�s y el extranjero?
Los obispos de EE. UU. han pedido una Quincena por la Libertad del 21 de junio al 4 de julio. �Visite www.fortnight4freedom.org para m�s informaci�n sobre este importante tiempo de oraci�n, educaci�n y acci�n para apoyar la libertad religiosa!
